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Claves para un cierre de año fiscal adecuado en pymes y autónomos

Claves para un cierre de año fiscal adecuado en pymes y autónomos

El 2018 también finaliza para los negocios, por lo que realizar el correcto cierre fiscal evitará posibles problemas con Hacienda. Desde GSG Business Hub os damos consejos para que autónomos y pymes realicen un correcto cierre de año fiscal.

En el caso de los autónomos, este es el final del cuarto trimestre y también deben preparar las declaraciones informativas anuales de enero, por lo que el resultado del cierre de año fiscal afectará a la presentación de la próxima Declaración de la Renta. Para no tener sorpresas, es conveniente revisar las facturas pendientes, así como los gastos realizados durante este año, asegurar que los gastos deducibles están pagados antes de finalizar el mes y revisar que todos los gastos están registrados en sus categorías correspondientes antes el 31 de diciembre en el Libro de Registro.

Si nos centramos en el cierre de año fiscal en pymes, los datos más relevantes que debemos considerar son las amortizaciones, que reflejan la pérdida de valor de activos fijos, el pago de la deuda a corto y largo plazo, las provisiones, y los ingresos y gastos aplazados. La amortización fiscal es otro dato importante, ya que indica la parte del gasto de amortización que se puede deducir, las operaciones que se han realizado, las ventajas fiscales por donaciones y las deducciones de los beneficios de la inversión fiscal.

Para realizar el procedimiento de manera correcta, el primer paso es analizar que los datos de contabilidad coinciden con lo indicado en el Libro Diario. También se deben considerar las existencias no consumidas, restándolas de las compras realizadas durante el año. La cifra resultante debe cuadrar con el número de existencias disponibles actualmente.

Por supuesto, para un cierre de año fiscal correcto es importante no olvidarse de regularizar ingresos y gastos y ajustar las cuentas de patrimonio neto con la resta de los gastos e ingresos imputados al patrimonio neto. Además, la diferencia entre ingresos y gastos debe estar indicada en el cierre contable, de manera que las pymes sabrán si han tenido un año con pérdidas o ganancias. También se deberán presentar los documentos de Impuesto de Sociedades, la amortización de los activos y los modelos anuales.

Si la pyme ha realizado actividad en años anteriores, se debe revisar que no haya grandes variaciones en las cuentas, salvo que estén justificadas adecuadamente, pues la Agencia Tributaria podría indicar que está intentando defraudar u ocultar algunos datos.

¿Cuáles son las fechas clave del cierre del año fiscal?

Entre los días 20 y 30 de enero se deben de presentar la totalidad de los modelos relativos al último trimestre del año anterior y los relacionados con la declaración anual.

Antes del día 20 de enero se deberán de presentar el modelo 111 y el modelo 115. Estos documentos están relacionados con las retenciones de IRPF y de alquileres del último cuatrimestre del año. También deberán de ser presentados los modelos 180 y 190, ambos relacionados con las retenciones del IRPF y de alquileres del año.

Por otro lado, el día 30 de enero es el último día de plazo para presentar los modelos 130, 131, 303, 349 y 390. En estos modelos se incluyen las liquidaciones del IVA, tanto del último trimestre como del anual, las operaciones intracomunitarias, en el caso de existir, y las relacionadas con el pago del IRPF y de alquileres.

Desde GSG Business HUB queremos que el cierre de año fiscal de nuestros clientes sea el adecuado, por ello, cuentan con un servicio de asesoramiento donde consultar sus dudas, con el fin de que puedan dedicarse plenamente a su trabajo y no tengan sorpresas en sus gestiones.

También queremos desear un feliz año 2019 a todas las personas que confían en nuestro equipo y metodología. Juntos hacemos historia.